LEY
15/2015, DE 2 DE JULIO, DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.
La nueva Ley de jurisdicción voluntaria Ley 15/2015, de 2 de julio introduce importantes
novedades las cuales afectan
sustancialmente al ámbito del Derecho de Familia, suponiendo una importante
desjudicialización de los conflictos familiares.
Se ven afectada la
determinación de la filiación, el acogimiento, la adopción, el ejercicio de la
patria potestad, la ausencia y la declaración de fallecimiento, la dispensa de
prohibiciones para contraer matrimonio, la designación de albaceas, la
aceptación y repudiación de herencia, afectando también intereses y asuntos de
los menores o de las personas con “capacidad
modificada judicialmente” como designación de tutores o curadores
entre otros aspectos.
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