miércoles, 23 de septiembre de 2015

CUSTODIA COMPARTIDA. REQUISITOS. Valor de los informes sicosociales


CUSTODIA COMPARTIDA. REQUISITOS.

 Valor de los informes sicosociales


El Tribunal Supremo ha dictado la sentencia de 9 de septiembre de 2.015, que abunda en la STS de 16 de febrero de 2.015 del mismo ponente que establece nuevamente, y pese al dictamen del perito judicial, que “la mera discrepancia sobre el sistema de custodia compartida no puede llevar a su exclusión”, pues tras la cita de las STS de 25 de abril de 2.014 y 19 de julio de 2.013 concluye que “en la sentencia recurrida se infringe la doctrina jurisprudencial pues no analiza la necesariedad o no de la custodia compartida, sino que se limita a valorar las ventajas del mantenimiento del "statu quo”.



Respecto al valor del convenio regulador no ratificado, la Sala Primera indica que mientras no se acepte por las partes solo es un elemento de negociación que puede ser ratificado o no, sin que de ello puedan derivarse consecuencias perjudiciales para quien no lo firmó (art. 1261 C. Civil)



   

viernes, 4 de septiembre de 2015

MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL




MODIFICACION DEL CÓDIGO PENAL.

FISCALÍA GENERAL DE ESTADO.


Al entender de extremada importancia los cambios que se han producido tras la reforma del Código Penal, he considerado importante dejaros un enlace con los criterios de la Fiscalía General del Estado dada en la Circular 1/2015.